Nuestro equipo de exfiscales del condado tiene una gran habilidad en la defensa de cargos de agresión sexual agravada en todo Nueva Jersey
Un delito de primer grado por agresión sexual agravada es un delito penal grave que requiere la representación de un abogado de defensa penal altamente calificado en Nueva Jersey. El delito sexual más grave que alguien puede enfrentar en Nueva Jersey es la agresión sexual agravada, también conocida como “violación”. Este delito es un delito de primer grado que conlleva la posibilidad de décadas en prisión estatal y consecuencias colaterales graves, como el registro como delincuente sexual bajo la Ley Megan y la Supervisión de Libertad Condicional de por Vida (“PSL”). Una persona puede ser acusada de agresión sexual agravada si participa en penetración sexual sin el consentimiento de la víctima bajo una de las siete (7) circunstancias establecidas en N.J.S.A. 2C:14-2(a). Dada la naturaleza de los problemas enfrentados en estos casos de violación, así como la gravedad de las penas involucradas, tienden a ser algunos de los cargos más complejos y altamente disputados que un abogado penal de Nueva Jersey puede enfrentar. Naturalmente, la agresión sexual agravada es un cargo penal que no solo requiere la representación de un abogado defensor, sino también de alguien extremadamente experimentado. Las apuestas son claramente extremas, así que no hay margen para nada menos que alguien que sea excepcionalmente hábil.
Los abogados de las Oficinas Legales de Jonathan F. Marshall tienen las calificaciones que necesitas para asegurar que se logre el resultado más favorable en tu caso de agresión sexual. Nuestro equipo puede ofrecerte:
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- Abogados certificados en juicios penales.
Si estás bajo investigación por agresión sexual agravada, incluidas acusaciones de abuso sexual a un menor, o ya has sido arrestado, no puedes comprometerte en la elección de un abogado. Necesitas a alguien que sea indiscutiblemente experimentado, tenga un historial comprobado de éxito y haya llevado a cabo muchos casos de delitos sexuales. Contáctanos al 877-534-7338 para una consulta gratuita con uno de nuestros abogados en cualquier momento, las 24 horas, los 7 días de la semana.
Delito de Agresión Sexual Agravada en Nueva Jersey
Existen siete (7) escenarios que pueden resultar en una agresión sexual agravada según 2C:14-2a. Un requisito previo en cada escenario es la penetración sexual. El delito se comete cuando este acto ocurre bajo las siguientes circunstancias:
- Víctima menor de 13 años;
- La víctima tiene al menos 13 años pero menos de 16 años y el actor: (i) está relacionado con la víctima por sangre; (ii) tenía poder de supervisión o disciplinario sobre la víctima; o (iii) es un padre de familia de acogida, un tutor o está en loco parentis dentro del hogar.
- Cometió la penetración durante el curso de un robo, secuestro, homicidio, agresión agravada a otro, allanamiento de morada, incendio intencional o fuga criminal.
- Cometió la penetración estando armado con un arma o algo que parecía serlo y el objeto se usó para amenazar a la víctima.
- Usó fuerza física o coerción y fue ayudado o instigado por uno o más terceros.
- Causó lesiones personales graves a la víctima; o
- Cometió la penetración a una víctima que estaba físicamente indefensa o incapacitada, intelectual o mentalmente incapacitada.
Penalidades por Agresión Sexual Agravada en Nueva Jersey
La agresión sexual agravada es un delito de primer grado según 2C:14-2. Las penas estándar en la sentencia para un delito de primer grado incluyen de 10 a 20 años de prisión, una multa de $200,000, registro bajo la Ley Megan y Supervisión de Libertad Condicional de la Ley. También debes saber que se aplica la Ley de No Liberación Anticipada (“NERA”) y esta disposición de sentencia requiere que un acusado cumpla al menos el 85% de su condena antes de ser elegible para la libertad condicional.
Consecuencias mejoradas si la víctima es menor de 13 años. Las penas por agresión sexual agravada se incrementan cuando la víctima de una agresión sexual agravada tiene menos de trece (13) años. El término de prisión se aumenta según la Ley Lunsford a 25 años de por vida. El fiscal tiene permitido, en interés de la víctima, hacer una oferta de declaración antes de la acusación de quince (15) años.
Participación de la víctima en la resolución. La ley requiere que se consulte a la víctima en cualquier resolución del cargo de agresión sexual agravada. Aunque los fiscales sigan teniendo discreción y la autoridad para negociar un acuerdo, se les instruye hablar con la víctima antes de consumar un acuerdo. La víctima también debería tener el derecho de hablar en la sentencia.
Estatuto de limitaciones. No hay estatuto de limitaciones para presentar una denuncia o acusación por agresión sexual agravada.
Orden de restricción. Cuando alguien acusado de agresión sexual agravada es liberado de la custodia, generalmente se emite una orden de restricción por agresión sexual. Esta orden prohíbe todo contacto con la víctima.
Defensas ante un cargo de Agresión Sexual Agravada
Hay una serie de posibles defensas que se pueden plantear en un caso de agresión sexual agravada en Nueva Jersey. Los encabezados de esta subsección delinean algunas de las defensas más populares para alguien acusado de violar o abusar sexualmente de alguien.
El incidente no ocurrió. Desafortunadamente, las personas inocentes son acusadas regularmente de conducta delictiva. Algunos incluso pierden años de libertad invaluable ya que sus vidas quedan arruinadas para siempre al ser condenados injustamente por delitos que no cometieron. El sistema de justicia penal es imperfecto. Siempre existe la posibilidad de que te acusen de un delito que no cometiste. No es raro en casos de agresión sexual que las víctimas hagan falsas acusaciones debido a un motivo personal basado en una relación pasada o actual con el acusado. Aunque seas acusado injustamente, puedes tener un álibi que te coloque en un lugar diferente en el momento en que supuestamente ocurrió el delito. También puedes tener testigos que puedan confirmar tu presencia en un lugar diferente en el momento en cuestión. Puede haber otras pruebas disponibles, como grabaciones de vigilancia, registros de GPS y otros documentos que respalden tu coartada. Aún así, deberás presentar y afirmar todas estas pruebas en un tribunal de justicia para demostrar que no eres culpable del delito con el que se te acusa. Cualquier prueba de ADN disponible puede ayudar a establecer con un alto grado de certeza si estabas involucrado o incluso presente en el lugar del supuesto delito. En un caso penal, el gobierno tiene la carga de probar la culpabilidad más allá de una duda razonable. La falta de pruebas forenses suficientes dificultará que la fiscalía demuestre tu culpabilidad más allá de una duda razonable y puede llevar a un veredicto de “no culpable”.
Se dio el consentimiento. Cuando hay consentimiento, el supuesto “victimario” no es alguien que fue violado porque acordó voluntariamente tener relaciones sexuales. El acto sexual no se realizó en contra de la voluntad de la víctima, por lo que no se puede establecer un elemento fundamental de la agresión agravada. También es importante tener en cuenta que el consentimiento puede existir sin una expresión verbal real. El permiso para participar en relaciones sexuales a menudo se indica a través de acciones físicas en lugar de palabras. El permiso se demuestra cuando la evidencia, en cualquier forma, es suficiente para demostrar que una persona razonable habría creído que la presunta víctima había dado afirmativa y libremente autorización para el acto sexual. La prueba de que el acto de penetración sexual ocurrió sin el permiso de la víctima puede basarse en pruebas de conducta o palabras según las circunstancias circundantes. Estas circunstancias deben demostrar más allá de una duda razonable que una persona razonable no habría creído que había permiso afirmativo y libremente dado. Si hay evidencia que sugiere que el acusado razonablemente creía que se le había dado dicho permiso, el Estado debe demostrar más allá de una duda razonable que el acusado no creía realmente que se le había dado libremente el permiso, o que tal creencia era irrazonable en todas las circunstancias circundantes.
Abogados de Defensa de Agresión Sexual Agravada en Nueva Jersey
Las acusaciones de abuso o alguna otra forma de agresión sexual agravada son claramente muy severas. La situación es aún más complicada cuando hay cargos complementarios como un delito de poner en peligro el bienestar de un niño en Nueva Jersey. Existe un requisito absoluto de que el acusado sea representado por un abogado experimentado. Los miembros del equipo de defensa en la Oficina de Jonathan F. Marshall incluyen a abogados talentosos con décadas de experiencia en el manejo de los casos de delitos sexuales más difíciles. Para discutir las acusaciones en tu contra o contra un ser querido con un abogado en cualquier momento, las 24 horas, los 7 días de la semana, llama al 877-534-7338. Estaremos encantados de ocuparnos de problemas como una primera comparecencia, audiencia de detención u otros involucrados en tu caso. La consulta es gratuita.
Preguntas frecuentes en casos de agresión sexual agravada en Nueva Jersey
¿Cuál es la diferencia entre la agresión sexual de primer grado y la de segundo grado?
A menudo nos preguntan qué hace que una agresión sexual sea agravada según la ley de Nueva Jersey. Un requisito previo para cualquiera de los delitos es la agresión sexual, es la penetración de otro sin consentimiento. El delito se agrava de una agresión sexual de segundo grado a un delito de primer grado, agresión sexual agravada, cuando se aplica una de las siguientes: (1) víctima menor de trece (13) años; (2) la víctima tiene menos de dieciséis (16) años y el actor es un padre, tutor o alguien responsable de disciplinar o supervisar al niño; (3) la agresión se cometió durante un robo, homicidio, allanamiento de morada u otro delito similar; (4) el actor usó un arma; (5) el delincuente fue ayudado por otra persona e involucró fuerza o coerción; (6) se usó fuerza y resultó en lesiones a la víctima; y (7) la víctima estaba indefensa, mentalmente incapacitada o de otra manera no pudo dar su consentimiento.
¿Cuántos años de prisión enfrenta alguien por agresión sexual agravada?
Normalmente, el rango de encarcelamiento es de 10 a 20 años para la agresión sexual agravada. Sin embargo, Nueva Jersey adoptó penas mejoradas en la Ley Lunsford que se aplican cuando la víctima de agresión sexual (es decir, abuso de menores) tiene menos de trece (13) años. Una persona enfrenta un término de prisión de 25 años con la posibilidad de cadena perpetua cuando es condenada por agresión sexual agravada de una víctima menor de trece (13) años.
¿Puede alguien cometer agresión sexual agravada por coerción?
Sí, hay casos en los que una persona plenamente competente puede ser violada incluso si no hubo fuerza. La penetración se logra a través de la coerción, no hay consentimiento voluntario, dando lugar a una agresión sexual. Para que la penetración se obtenga mediante coerción, el acusado debe haber tenido la intención de coaccionar a la víctima para cometer un acto de penetración sexual amenazando con cualquiera de lo siguiente: (1) infligir lesiones corporales a cualquier persona o cometer cualquier otro delito; (2) acusar a alguien de un delito; (3) revelar cualquier secreto que tienda a someter a cualquier persona al odio, desprecio o burla, o a dañar su crédito o reputación comercial; (4) tomar o retener medidas como funcionario, o hacer que un funcionario tome o retenga medidas; (5) testificar o proporcionar información o retener testimonio o información relacionada con la reclamación o defensa legal de otro; o (6) realizar cualquier otro acto que no beneficiaría sustancialmente al acusado en sí mismo pero que está destinado a dañar sustancialmente a otra persona en relación con la salud, seguridad, negocio, llamada, carrera, situación financiera, reputación o relaciones personales de esa persona.
¿Hay situaciones en las que el consentimiento no se aplica?
En Nueva Jersey, los menores, las personas incapacitadas y aquellos que sufren ciertas enfermedades mentales no pueden “consentir”. Esta limitación se aplica cuando la víctima es:
- Legalmente incompetente para autorizar la conducta acusada como delito;
- Intoxicada o bajo la influencia de drogas hasta el punto de no poder consentir libremente;
- Mentalmente incompetente; o
- Menor de dieciséis (16) años.
Si existe alguna de estas cuatro (4) circunstancias, el consentimiento no es una defensa ante un cargo de agresión sexual.