Abogados de Defensa de Contacto Sexual Delictivo de NJ
Marshall Criminal Defense representa a clientes acusados de delitos sexuales en todo Nueva Jersey, incluidos los cargos de contacto sexual delictivo en Hackensack, Morristown, Somerville, Freehold y New Brunswick. Nuestros experimentados abogados de juicio penal aparecen en todos los condados de Nueva Jersey casi a diario, representando a clientes acusados de delitos penales graves. Una condena por contacto sexual delictivo conlleva la posibilidad de tiempo significativo en la cárcel, registro en la Ley de Megan y supervisión en libertad condicional de por vida (“PSL”). Por lo tanto, es extremadamente importante seleccionar al mejor abogado defensor que pueda encontrar si enfrenta un cargo por contacto sexual delictivo en Nueva Jersey. Nuestros abogados tienen exactamente lo que necesita para tener éxito en la defensa de un caso de este tipo en el condado de Hudson, el condado de Camden, el condado de Middlesex, el condado de Union, el condado de Monmouth, el condado de Ocean o en cualquier otro lugar del estado.
Somos posiblemente el bufete de abogados de derecho penal más grande del estado. Más importante aún, poseemos calificaciones verdaderamente excepcionales para garantizar su éxito, incluyendo:
- 15 abogados de defensa penal que limitan su práctica a la defensa de aquellos acusados de violar la ley
- Más de 200 años de experiencia combinada defendiendo a personas arrestadas por contacto sexual delictivo, contacto sexual delictivo agravado y otros delitos sexuales relacionados.
- Ex fiscales del condado que han servido en los niveles más altos, como Director de la Unidad de Delitos Sexuales (también conocida como unidad de víctimas especiales), Delitos Mayores, Violencia Doméstica, Juvenil e incluso una División de Juicio completa.
- Abogados certificados en juicios penales
- Oficinas convenientemente ubicadas en todo NJ para servir a nuestros clientes
Comuníquese con nuestra firma para obtener asistencia inmediata de un abogado penal de nuestro equipo. La consulta inicial siempre se proporciona de forma gratuita. Nuestro equipo de juicio penal de ex fiscales y experimentados abogados de defensa penal examinará los hechos de su caso, desarrollará una estrategia de defensa y le informará sobre posibles soluciones. Llame al 877-534-7338 para hablar con alguien en cualquier momento, las 24 horas, los 7 días de la semana.
La Ley de Contacto Sexual Delictivo de NJ
Un cargo de contacto sexual delictivo está regido por la ley de Nueva Jersey establecida en N.J.S. 2C:14-3 y establece:
- 2C:14-3. Contacto sexual delictivo agravado; contacto sexual delictivo
- (a) Un actor es culpable de contacto sexual delictivo agravado si comete un acto de contacto sexual con la víctima en cualquiera de las circunstancias establecidas en 2C:14-2 a.(2) a (7).
- El contacto sexual delictivo agravado es un delito de tercer grado.
- (b) Un actor es culpable de contacto sexual delictivo si comete un acto de contacto sexual con la víctima en cualquiera de las circunstancias establecidas en la sección 2C:14-2 c.(1) a (4).
- El contacto sexual delictivo es un delito de cuarto grado.
Como puede ver en la porción de esta estatua de Nueva Jersey que hemos resaltado, cualquiera de las variedades de contacto sexual delictivo se basa en el “contacto sexual” con una víctima. Este término se define en N.J.S.A. 2C:14-1d como el “toque intencional por parte de la víctima o el actor, ya sea directamente o a través de la ropa, de las partes íntimas de la víctima o del actor con el propósito de degradar o humillar a la víctima o de excitar o gratificar sexualmente al actor”. Las “partes íntimas” de una persona significan “órganos sexuales, área genital, área anal, muslo interno, ingle, nalgas o pecho”.
Como indica la estatua anterior, el contacto sexual delictivo agravado es un delito de tercer grado y el contacto sexual delictivo es un delito de cuarto grado bajo esta ley penal de Nueva Jersey. Cuando el contacto va un paso más allá e involucra alguna forma de penetración sexual no deseada, el cargo penal se intensifica a agresión sexual. El punto final de escalada es una agresión sexual agravada.
Elementos de Prueba
Hay cuatro (3) elementos de prueba que el estado debe establecer más allá de una duda razonable para demostrar este delito sexual, que incluyen:
- Hubo un incidente de contacto sexual delictivo. Lo que significa que el acusado tocó una parte íntima de la víctima o, alternativamente, el acusado se tocó a sí mismo a la vista de la víctima.
- (a) el actor usó fuerza física o coerción; O (b) la víctima estaba en libertad condicional o en libertad condicional, o está detenida en un hospital, prisión u otra institución y el actor tiene poder de supervisión o disciplinario sobre la víctima en virtud del estatus legal, profesional u ocupacional del actor; O (c) la víctima tiene al menos 16 pero menos de 18 años; O (d) el actor estaba relacionado con la víctima por sangre o afinidad hasta el tercer grado; y
- La conducta fue con el propósito de degradar o humillar a la víctima o para la excitación sexual o la gratificación del acusado.
Hay elementos ligeramente diferentes cuando un delito de 2C:14-3b implica que el acusado toca sus propias partes íntimas. Existe un requisito adicional de que el acusado esté a la vista de la víctima y que el acusado sepa que están presentes. Sin embargo, tenga en cuenta que no hay requisito de que la víctima realmente observe o presencie el presunto contacto sexual.
Defensas al Contacto Sexual Delictivo
Según la ley de Nueva Jersey, la fuerza física se define como la comisión del acto de contacto sexual sin el permiso libre y afirmativo de la víctima. El acusado puede alegar que el presunto acto de contacto se realizó con la creencia razonable de que hubo consentimiento.
Al determinar la razonabilidad de la creencia del acusado de que la víctima había dado permiso afirmativo libremente, la ley de Nueva Jersey no coloca ninguna carga en la supuesta víctima de haber expresado falta de consentimiento o de haber negado el permiso. No se requiere que el Estado demuestre que la víctima resistió, o resistió al máximo, o resistió razonablemente al contacto sexual. La carga de establecer la defensa del consentimiento recae en el acusado.
Existen otras defensas secundarias que pueden plantearse en un caso de contacto sexual delictivo en NJ. Por ejemplo, no hay delito si el contacto no fue con una parte íntima. Tocar el hombro, la cadera u otra área del cuerpo no es equivalente a un gesto de naturaleza sexual y, por lo tanto, no constituye un contacto sexual delictivo. Del mismo modo, no hay violación de N.J.S.A. 2C:14-3b si el acusado carecía de la intención de humillar, degradar o lograr la gratificación o excitación sexual.
Sanciones en Caso de Condena
Como se indicó anteriormente, el contacto sexual delictivo es un delito de cuarto grado bajo el 2C:14-3b. Esto se considera un delito grave acusable y, por lo tanto, está fuera de la jurisdicción de un tribunal municipal. Las sanciones que pueden imponerse en el Tribunal Superior por contacto sexual delictivo de cuarto grado incluyen hasta dieciocho (18) meses en prisión estatal. También existe la posibilidad de una multa máxima de $10,000.
Consecuencias Colaterales: Ley de Megan y Supervisión en Libertad Condicional de por Vida (“PSL”). La Ley de Megan activa el registro de delincuentes sexuales para que los miembros de la comunidad, incluidas las escuelas y otros lugares donde es probable que haya niños con frecuencia, estén al tanto de la presencia del acusado. También existe la posibilidad de supervisión en libertad condicional de por vida, comúnmente conocida como PSL, si existen ciertas circunstancias agravantes.
Dada la gravedad de las sanciones por contacto sexual delictivo, así como la posibilidad de que se aplique la Ley de Megan y el PSL, es imperativo que se comunique con un abogado experimentado en defensa penal para representarlo contra estos cargos graves. Nuestra firma de abogados tiene exactamente lo que se requiere para asegurarse de que tenga todas las posibilidades de evitar una condena.
Contacte a Nuestros Experimentados Abogados de Defensa de Contacto Sexual Delictivo de NJ
La verdad es que un abogado puede tener niveles totalmente diferentes de experiencia y habilidad. Es ilógico asumir que un abogado que ha defendido cuatro o cinco cargos de contacto sexual delictivo tendrá las mismas cualidades para defenderlo a usted como alguien que ha manejado innumerables delitos de 2C:14-3b.
El problema es que Internet es muy engañoso porque muchos sitios web presumen niveles locos de experiencia cuando, en realidad, el bufete de abogados relacionado literalmente no tiene experiencia en juicios manejando un delito sexual, y mucho menos uno que involucre contacto sexual delictivo. No hay ilusiones en nuestro bufete de abogados penal, ya que sin lugar a dudas tenemos una vasta experiencia en este ámbito con abogados en el personal que han dirigido unidades completas de delitos sexuales en las fiscalías de condados de Nueva Jersey. Para obtener una consulta gratuita inmediata con un abogado de defensa penal altamente conocedor en contacto sexual delictivo en Nueva Jersey que haya defendido y juzgado numerosos casos de esta índole, llame al 877-534-7338.
Marshall Criminal Defense representa a clientes arrestados y acusados de contacto sexual delictivo en todo Nueva Jersey, incluidos los condados de Hudson, Union, Bergen, Passaic, Atlantic, Burlington, Monmouth, Middlesex, Essex, Mercer y en otros lugares del estado.
Preguntas Frecuentes Sobre Delitos Sexuales
¿Puedo Obtener Intervención Prevía al Juicio para un Cargo de Contacto Sexual Delictivo?
Los delitos de cuarto grado y tercer grado son generalmente elegibles para la Intervención Prevía al Juicio (“PTI”). Dado que el contacto sexual delictivo es un delito de cuarto grado, puede solicitar PTI y obtener admisión al programa si es un delincuente por primera vez, nunca se le ha otorgado previamente una desviación (es decir, descarga condicional, sobreseimiento condicional o Intervención Prevía al Juicio), y el fiscal no objeta a su admisión.
¿Seré Deportado Si No Soy Ciudadano y Soy Condenado Por Contacto Sexual Delictivo?
Si bien los abogados de nuestra firma no son expertos en derecho de inmigración federal, lo que podemos decirle es que un delito grave agravado resulta en la expulsión de Estados Unidos si no es ciudadano. Hay evidencia que indica que algunas formas de cargos de N.J.S.A. 2C:14-3 se consideran delitos graves agravados. Es obviamente de vital importancia buscar representación de un abogado altamente calificado en contacto sexual delictivo en NJ si no es ciudadano.
¿Puedo obtener fianza si se emitió una orden por contacto sexual criminal?
Hace varios años, Nueva Jersey emprendió una reforma de la fianza. El acusado debe hacer una comparecencia inicial y ser concedido libertad antes del juicio por el tribunal. Esto a menudo implica establecer condiciones para informar durante la pendencia del cargo criminal. Ten en cuenta que el estado puede oponerse a la liberación antes del juicio presentando una moción de detención.
¿Cuál es la diferencia entre contacto sexual criminal y agresión sexual?
El contacto sexual criminal ocurre cuando alguien toca las partes íntimas de otra persona sin su consentimiento. En cambio, una agresión sexual implica la penetración sexual de la víctima.
¿Se puede obtener una orden de restricción basada en contacto sexual criminal?
Debe haber un acto de violencia doméstica como acto previo para que alguien obtenga una orden de restricción en Nueva Jersey. El contacto sexual criminal se considera un acto previo y puede ser la base para una orden de restricción temporal o final.
¿Cuáles son las sanciones por contacto sexual criminal en Nueva Jersey?
El contacto sexual criminal es un delito de cuarto grado que resulta en hasta 18 meses de prisión y una multa que puede alcanzar los $10,000. También se puede requerir que la persona se registre bajo la Ley de Megan y cumpla con la Supervisión de Libertad Condicional de por Vida (“PSL”) en ciertos casos de contacto sexual criminal.